El Nuevo Código Civil determina oralidad, conciliación y brevedad

El presidente Evo Morales promulgó ayer, en la capital del país, Sucre, el nuevo Código Procesal Civil, que tiene 511 artículos destinados a optimizar la justicia y reducir a un tiempo máximo de un año los litigios civiles del país.

Con ese objetivo, el nuevo Código implementa la oralidad en los juicios, la utilización del internet para las notificaciones, la ampliación de las potestades del juez y la inclusión de medidas de conciliación, entre otras reformas.

El mandatario señaló que es motivo de orgullo promulgar el segundo Código de justicia del Estado Plurinacional, toda vez que no son copias de leyes de países extranjeros, más al contrario éste es producto del trabajo de profesionales bolivianos.

"Promulgamos el Código Procesal Civil como justo reconocimiento a Sucre como capital del Estado y además como justo reconocimiento de nuestra capital y la capital no está en debate", señaló Morales, respondiendo a declaraciones del líder del MSM, Juan Del Granado, quien en pasadas semanas intentó reavivar el debate de la capitalidad.

La justicia en BoliviaEl encargado de explicar el nuevo Código fue el presidente de la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Héctor Arce, quien destacó que esta norma promoverá cambios fundamentales en la justicia

Puntualizó que la oralidad busca evitar la retardación en los juicios, mediante la reducción de los trámites burocráticos para que se logre la resolución de los mismos en meses y no en años con sucede en la actualidad.

"La justicia debe ser simple, sin ritualismos, sin formalismos, sin formalidades, entendiendo al ser humano en su diversidad, en su simpleza y en el momento de debilidad emocional que busca la acción tutelar de la justicia", explicó Arce según ANF.

Asimismo, establece nuevas potestades a un juez, que podrá hacer prevalecer la justicia sobre el derecho, es decir que tiene potestades para "intermediar" en el proceso a objeto de establecer la verdad material.

"El juez podrá establecer la verdad material", señaló Arce, respecto a casos en que abogados de mayor renombre, a objeto de ganar juicios, tergiversan la verdad en algún caso sólo para beneficiar a su cliente, en desmedro a los otros litigantes, quienes no poseen dinero para lograr el auspicio de juristas adecuados.

Otras características tienen que ver con la aplicación de la conciliación para evitar juicios largos. "Si hay dos partes que tiene una deuda, un conflicto, que no son enemigos, quién sabe pueden solucionar recopilando esa gran sabiduría de nuestras justicia indígena donde prevalece el acuerdo de partes. Este Código trae la conciliación como un fundamento formal y fundamental", dijo Arce.

Morales, antes de culminar el acto de promulgación, señaló que la Asamblea Legislativa tiene hasta diciembre para aprobar los restantes Códigos Judiciales para cambiar la justicia.

APLICACION

El Código Procesal Civil se aplica en juicios entre particulares o de particulares con el Estado, por ejemplo para definir el derecho preferente sobre una propiedad o en el cobro de deudas. Es considerado un código mayor que se aplica en todas la materias que no tengan su propio código procesal.

Notificaciones podrán ser por e-mail

Entre las innovaciones del nuevo Código Procesal Civil, está la validez legal de contratos efectuados vía e-mail u otros medios elec-trónicos; el reconocimiento de terceros como parte del proceso; la omisión de realizar notificaciones en los domicilios de las partes para realizar estas en se-cretarías y la determinación de los plazos procesales para este tipo de acciones establecidos de lunes a viernes.

Asimismo, establece que los jueces no podrán anular sentencias o procesos civiles por aspectos formales dejando de lado el fondo mismo del proceso y destaca la importancia de las pruebas en los procesos. También introduce la extinción por inactividad, es decir, la extinción de los procesos que sean dejados por periodos de tiempo determinados.

También contempla que estos plazos se reduzcan y solo sean trasladados al Tribunal Supremo de Justicia en Sucre si lo ameritan, teniendo esta medida como objetivo que los juicios terminen en los Tribunales Departamentales.

La presidenta de la Cámara de diputados, Betty Tejada sostiene que este Código, que se inscribe dentro de Códigos Morales, pondrá fin a la normativa impuesta durante la dictadura de Hugo Banzer (1971-1978). “Se trata de normas planteadas desde una política legislativa para dignificar la justicia y lograr que los más necesitados accedan a ella y no sean víctimas de chicanería y otros enredos judiciales que hacen un vía crucis de los procesos judiciales”, dice Tejada.

La justicia se quedó en una maraña de expedientes

La oralidad de este Código tiene la virtud de cambiar el sistema escrito que ha dominado desde la fundación de la República hasta nuestros días. Esto de presentar la demanda por escrito, responder y llevar todas las pruebas por escrito nos ha llevado a un estado intolerable de formar expedientes, cuerpos y cuerpos y finalmente nos hemos enmarañado en procesos judiciales interminables y lleno de incidentes. Lo que nos ha llevado a decir, la justicia llega, pero llega muy tarde, y no hablamos solo de 5 o 10 años, sino incluso de 20 años, cuando en algunos casos los litigantes ya fallecieron.

Con el nuevo Código se entiende que todos los procesos deben ser sumarísimos, breves, solamente la demanda y la respuesta deben ser por escrito. Es una contribución importante, sin embargo, la sola vigencia de la Ley no resuelve los problemas de la Justicia boliviana, habrá que esperar que los operadores, los propios abogados contribuyan.// Opinión (BO)

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