Cierran SUMI y SSPAM para dar paso al Servicio Integral de salud

El gabinete de ministros aprobó el cierre de los seguros Universal Materno Infantil (SUMI) y de Salud Para el Adulto Mayor (SSPAM) con el fin de dar paso al Servicio Integral que atenderá gratis a embarazadas, menores de dos años, adultos mayores y personas con discapacidad.

El ministro de Salud, Juan Carlos Calvimontes, informó ayer que a partir del 2 de mayo entrará en vigencia el nuevo servicio de salud, luego de la aprobación del Decreto Supremo 1984, que reglamenta la ley que define la unificación del SUMI y el SSPAM.

La autoridad explicó que el SUMI era cancelado por prestaciones, mientras que el SSPAM por primas anuales que no cubrían el total de las atenciones de los adultos mayores. “Con este decreto, ambos seguros serán cancelados por prestaciones, es decir, por el tipo de atención. Además, amplía su cobertura para la atención a las personas con discapacidad y para el trabajo en promoción y prevención de la salud sexual reproductiva”, comunicó.

El 26 de diciembre de 2013, el diario La Razón informó sobre la sanción de la ley, luego promulgada en enero de este año. El argumento para la fusión de ambos seguros fue porque solo generaban déficit y no cubrían enfermedades de alto costo, como las renales.

La salud en BoliviaBeneficio. Según Calvimontes, a través de este seguro las personas de la tercera edad podrán ser atendidas a sola presentación de la cédula de identidad en cualquier centro de salud del sistema público, seguridad social o del ámbito privado, sin necesidad de registrarse en un municipio.

“Había problemas estructurales en el SUMI y el SSPAM; por ejemplo, los  adultos mayores tenían que registrarse en los municipios, pero las alcaldías tardaban en hacerlo o no registraban a todos por lo que no recibían atención. Con el Servicio Integral podrán ser atendidos en cualquier centro de salud a sola presentación de su carnet de identidad”, explicó el ministro.

Respecto a las personas con algún tipo de discapacidad, la autoridad mencionó que el requisito es la presentación del carnet de discapacidad otorgado por el Programa de Registro Único Nacional, y de inmediato serán beneficiados con la atención médica.

Se mantiene la gratuidad en los servicios de salud para las mujeres embarazadas, desde el inicio de la gestación hasta los seis meses posteriores al parto, y los menores de cinco años. También mujeres en edad fértil y personas con discapacidad recibirán atención de salud sexual y reproductiva en cualquier centro y a sola presentación del documento legal.

Asimismo, la ley permite a las alcaldías la contratación de recursos humanos y la creación de ítems con recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) y así resolver las demandas de este sector. También permite utilizar  los remanentes de los recursos para crear otros seguros de salud, como el estudiantil y otros.

En entrevista en diciembre de 2013, el entonces viceministro de Salud Martín Maturano anunció que hasta el año 2012 se tenían en cajas de los municipios del país unos $us 530 millones remanentes de los seguros.

Ley Integral número 475

La norma establece y regula la atención integral y protección financiera en salud de la población beneficiaria que no se encuentre cubierta por ningún Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo.// La Razón (COM)

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