Descuentos para las personas de la tercera edad: Pocos abuelos reciben descuentos

Las ventajas son poco conocidas, pero, además, las instituciones no los ofrecen con facilidad.

El descuento del 20 por ciento en los servicios de agua, electricidad, transporte e impuestos de vivienda para las personas de la tercera edad benefician a muy pocos, según las listas de beneficiarios. Denuncian que la última Ley de Transporte vulnera este logro instaurado en 1998.

Abuelos en BoliviaBeneficiarios, según las empresas. La Ley 1886, promulgada hace más de 13 años, creó un régimen de descuentos y privilegios “en beneficio de los ciudadanos bolivianos de 60 o más años”. Señala que estas personas tienen el derecho a obtener deducciones en los servicios mencionados.

Sin embargo, según el oficial de proyectos de la Fundación Horizonte, Gabriel Miranda, son pocas las personas que reciben todos los beneficios.

La empresa Electropaz, que distribuye energía a La Paz, El Alto y varias provincias, informó que tiene registrados 9.870 clientes beneficiarios de dicha ley, mientras que la Empresa Pública y Social de Agua y Saneamiento (EPSAS) señala que tiene registrados, a diciembre de 2011, 3.476 adultos mayores que reciben el descuento, de los cuales 2.304 viven en La Paz y 1.172 en El Alto.

En este último caso, además, la empresa del agua informó que la cantidad de beneficiarios prácticamente se duplicó desde enero del año pasado, ya que entonces recibían el descuento sólo 1.774 personas mayores de 60 años.

De todas formas, la cantidad de ciudadanos que pagan solamente el 80 por ciento de estos servicios es baja, según Miranda, ya que el Censo del 2001 tenía registrados a más de 85.000 adultos mayores entre La Paz y El Alto.

“Para 2011, la proyección poblacional es de 858.749 adultos mayores en todo el país. Además, La Paz alberga a una tercera parte de la población adulta mayor de todo el país, tanto en el área rural como urbana. Por lo tanto, hay cerca de 300.000 adultos mayores en el departamento de La Paz”.

Las causas. Entre los motivos que impiden que más personas sean beneficiadas los más extendidos son que el adulto mayor desconoce la norma y sus alcances, y que las empresas de servicios no informan a sus clientes sobre los descuentos.

Por otro lado, está el trámite. Por ejemplo, en el caso de EPSAS, se pide al dueño de casa que la factura esté a su nombre, pero si es inquilino, debe presentar la factura del pago del alquiler, el contrato y otros documentos relacionados. En esta circunstancia, el trámite se vuelve imposible, puesto que se estima que más del 90 por ciento de los alquileres o anticréticos en La Paz tiene carácter informal.

Por si fuera poco, “los pocos beneficiarios —señala Miranda— se deben a que cuando los adultos mayores van a pagar sus cuentas, los funcionarios de los bancos no conocen la normativa y hacen caso omiso al descuento del 20 por ciento en agua y electricidad. Entonces, si el adulto mayor no va a la empresa a pagar, no tiene el descuento porque los bancos ni se dan por enterados del mecanismo, aunque la gente solicite el descuento”.

A las causas que evitan que más abuelos se beneficien con estas tarifas se suma que las empresas e instituciones creen que el descuento irá en contra de sus utilidades, cuando es el Estado el que absorbe ese monto.

Según la ley, toda empresa que reduce el 20 por ciento pide la fotocopia de su carnet al adulto mayor y hace una factura diferenciada. Esos documentos le sirven a la empresa para deducir ese 20 por ciento de los impuestos que debe pagar al Estado.

Sólo en agua y electricidad. Los descuentos deberían permitir al adulto mayor transportarse y recibir los servicios de agua y luz a menores costos.

Sin embargo, se denunció, por ejemplo, que en las empresas aéreas les ofrecen tarifas de turista, por lo que el beneficiario, incluido el descuento, abona casi una tarifa normal.

Por otra parte, según Miranda, “el descuento del 20 por ciento jamás se ha hecho efectivo en el transporte interprovincial ni en el transporte intermunicipal, con dos o tres excepciones en capitales de departamento”.

Aunque en número reducido, los descuentos sólo son efectivos en las empresas de agua y electricidad, con medidas limitadas, y estos registros deben ser renovados cada año. En caso de fallecer el beneficiario, su familia debe comunicar el deceso a la empresa.

32 de cada 100 adultos mayores son cabeza de familia, según una encuesta de la Fundación Horizontes.

La ley 1886 de 1998 establece el descuento del 20%. Las personas beneficiarias también están sujetas a cumplir requisitos y se han establecido multas para quien falsifique su edad.

Artículo 2. “Son titulares del presente régimen de descuentos y privilegios los ciudadanos de 60 o más años, este beneficio será personalizado, no transferible a terceros.

Para ser titular del beneficio, los servicios descritos en el artículo anterior deberán estar facturados a nombre del beneficiario...”.

ARTÍCULO 4. “Las entidades encargadas de ejecutarlos emitirán una factura por el total de los descuentos a nombre del Tesoro General de la Nación. La administración tributaria, a su vez, emitirá un certificado de crédito (...) un valor negociable con el cual podrá pagarse tributos fiscales”.

Artículo 9. “El incumplimiento a la presente Ley dará lugar a las siguientes sanciones:

a) La pérdida de por vida de los derechos y privilegios contemplados en la presente ley, al ciudadano beneficiario que adultere la fecha de su nacimiento (...).

b) A una multa equivalente al doble del precio del servicio en cada caso, para las empresas y personas obligadas a otorgar descuentos”.

Límites de consumo y exigencias

ENERGÍA

El consumo límite de energía eléctrica con beneficio de descuento es de 0 a 10 kilovatios.

AGUA

El consumo de agua que obtiene el beneficio no será mayor a los 15 metros cúbicos por mes.

INQUILINOS

De 3.476 beneficiarios del descuento en EPSAS, sólo dos que viven en alquiler o anticrético.

PROPIETARIOS

A los abuelos les piden la tarjeta de propiedad de Derechos Reales y el contrato del servicio.// La Prensa

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