Se acorta tiempo para que autoridades electas suspendidas decidan renunciar

Después de los comicios realizados el 4 de abril de 2010, donde se efectuó la primera elección de Gobernadores y alcaldías en el marco del nuevo Estado con autonomías, el país cuenta hasta la fecha con interinatos, debido a la suspensión de autoridades que hoy buscan solución a sus casos antes que el plazo constitucional venza y habilite a los suplentes como titulares, sin haber sido electos por el voto ciudadano.

El gobernador de Beni, Ernesto Suárez ya tomó una determinación y anunció que presentará su renuncia el 15 de mayo ante la Asamblea Departamental. Otra Gobernación que se encuentra en interinato es la de Tarija, donde Mario Cossío aún se aferra al cargo asumiendo que fue víctima de un golpe de Estado regional.

Elecciones en BoliviaLino Condori del Movimiento Al Socialismo (MAS) en Tarija y Haisen Ribera de la alianza MNR-MAS en Beni, suplantaron a los titulares.

MANDATO CONSTITUCIONAL

De acuerdo al mandato constitucional, los interinatos serán consolidados si no se efectúa una nueva elección antes de cumplirse media gestión de gobierno, es decir dos años y medio a partir de la elección de abril de 2010. El plazo también aplica, pero a la inversa, para llamar a referéndum revocatorio, una vez que el mandato pase la media gestión.

El Art. 286 de la CPE cita: “II. En caso de renuncia o muerte, inhabilidad permanente o revocatoria de la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo, se procederá a una nueva elección, siempre y cuando no hubiere transcurrido la mitad de su mandato. En caso contrario, la sustituta o sustituto será una autoridad ya electa definida de acuerdo al Estatuto Autonómico o Carta Orgánica según corresponda”.

La analista Jimena Costa, muestra escepticismo por el respeto a los resultados que se presentarían posteriormente se realice las nuevas elecciones, considerando que no existe garantías por parte del Gobierno central a la figura de las autonomías en el país ni a la divergencia de criterios políticos que no respondan al oficialismo.

Al plazo de octubre de este año, se debe restar el tiempo que establece la Ley de Régimen Electoral para realizar la convocatoria a elecciones regionales, que es de 150 días, según el Art. 92: “Los procesos electorales de mandato fijo establecidos en la Constitución Política del Estado, serán convocados por el Tribunal Supremo Electoral mediante Resolución de Sala Plena, con una anticipación de por lo menos 150 días a la fecha de la realización de la votación (…)”.

Por tanto, la fecha “tope” se reduciría hasta el mes de mayo, lo cual explicaría la decisión de Suárez Sattori.

En el caso de las alcaldías, de acuerdo a datos extraoficiales que maneja la Federación de Asociaciones Municipales (FAM) al menos 11 casos aún presentan interinatos tras la suspensión de los burgomaestres titulares. El caso más destacado se da en el municipio de la ciudad de Potosí, donde René Joaquino dejó el cargo, pero aún no asumió una decisión para presentar su renuncia y viabilizar nuevos comicios.

En Sucre, Jaime Barrón fue suspendido a las pocas semanas de su posesión, pero luego presentó su dimisión al cargo. En diciembre pasado se desarrollaron las elecciones en ese municipio, junto a Pasña y Quillacollo, donde ya se tienen a nuevos alcaldes electos que deberán terminar su mandato en 2015.// El Diario

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