Evo promulga ley que frena los “golpes de Estado” en alcaldías

El presidente Evo Morales promulgó ayer la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales  que evitará los "golpes de Estado” en los municipios del país. La nueva ley es una norma supletoria que rige para todos los gobiernos municipales que no tienen su carta orgánica en vigencia.

"Con esta ley se acaban los golpes municipales”, afirmó el presidente Evo Morales, quien informó que en algunos municipios tres concejales se unen para derrocar al alcalde elegido por voto popular, lo que provoca no sólo una pelea, sino un daño a la población debido a que los proyectos se paralizan.

La nueva norma establece que "toda renuncia de alcaldesa o alcalde, concejala o concejal se formalizará mediante la presentación personal de una nota expresa de renuncia ante el Concejo Municipal y el Órgano Electoral. De no cumplirse ambos requisitos, no se reconocerá como válida la renuncia”.

La ministra de Autonomías, Claudia Peña, informó que en 2013 se registraron más de 20 conflictos de gobernabilidad, entre ellos el intento de derrocamiento de alcaldes. "En muchos casos las concejalas, concejales o alcaldes, alcaldesas incluso fueron retenidos y obligados a firmar su renuncia”, dijo.

Leyes bolivianasPeña, por otro lado, explicó que esta ley supletoria rige para todos aquellos gobiernos municipales que no tienen una carta orgánica en vigencia. Según la ministra, actualmente el 80% de las alcaldías inició el proceso de elaboración de cartas orgánicas y alrededor de 90 cartas orgánicas están en consulta ante el Tribunal Constitucional.

"Seguro hay alcaldes que no están de acuerdo con la ley. Si hay autoridades que observan esta norma, les queda la posibilidad de trabajar su carta orgánica, de manera participativa, para tener propias reglas que determinen su funcionamiento y la estructura de su gobierno”, dijo.

Esta ley -afirmó Peña- establece la estructura organizativa y atribuciones del Concejo Municipal como órgano legislativo, deliberativo y fiscalizador.

Algunos concejales observaron algunos artículos de la norma y advirtieron que faltó consenso. "Lamentablemente no han considerado algunas sugerencias que hicimos, no para consolidar la autonomía, sino para profundizar la autonomía. Esta ley no tiene esa visión, esta ley tiene algunos vacíos. Esperamos que se apoye a la gobernabilidad”, dijo la presidenta del Concejo Municipal de La Paz, Gabriela Niño de Guzmán.

Alcance de la ley

Procedimiento  Esta ley define los procedimientos de los gobiernos municipales y fija la jerarquía normativa. "El alcalde tiene una  sola atribución: la reglamentaria, y el Concejo tiene la facultad legislativa”, dijo la ministra Peña.

Estructura  El órgano ejecutivo estará conformado por la alcaldesa o el alcalde municipal, las secretarías municipales, las subalcaldías, entidades desconcentradas, entidades descentralizadas y empresas municipales.

Indígena  En los distritos municipales indígena-originario-campesinos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos elegirán a sus autoridades por normas y procedimientos propios.

Transparencia  En los gobiernos autónomos municipales con más de 50.000 habitantes, de acuerdo a los resultados oficiales del Censo de Población y Vivienda 2012, deberá incluirse la creación de una Unidad de Transparencia.

Prohibición  Está prohibido que alcaldes, concejales y funcionarios municipales ejerzan simultáneamente otra función pública, sea remunerada o no. Su aceptación comprobada supone renuncia tácita al cargo.

Secretarias  Las actividades del órgano ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal se ejecutan a través de las secretarias o los secretarios municipales.// Página Siete (BO)

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